Crohn, colitis ulcerosa y discapacidad

No toda discapacidad es visible

Respondemos a algunas preguntas frecuentes sobre discapacidad que les surgen a las personas afectadas por el crohn y colitis ulcerosa.

Si deseas más información sobre el tema o tienes más preguntas puedes contactar con ACCU España en at.pacientes@accuesp.com

¿Qué es la discapacidad?

La ONU describe así la discapacidad “es un concepto que evoluciona y que es el resultado de la interacción entre la deficiencia de una persona y los obstáculos tales como barreras físicas y actitudes imperantes que impiden su participación en la sociedad”. En función de las barreras y las limitaciones se reconoce un grado de discapacidad en porcentaje del 0% al 100%.

 

¿A partir de qué porcentaje se reconoce una discapacidad?

Cuando el equipo de valoración del Centro de Valoración y Orientación nos reconoce un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

El tener diagnosticada una enfermedad inflamatoria intestinal, como el crohn o la colitis ulcerosa, no implica el reconocimiento de un grado de discapacidad superior al 33%. Esto dependerá del grado de afectación de la enfermedad, las secuelas que haya ocasionado y las repercusiones funcionales o las limitaciones que ha generado en la vida de la persona.

 

¿Para qué sirve el certificado de discapacidad?

Una vez que se tiene el certificado de discapacidad, las leyes nacionales, autonómicas y locales contemplan derechos otorgados a las personas con discapacidad en las siguientes materias:

  • Derechos en materia de formación con el acceso a las bolsas de ayuda, alojamiento, manutención y transporte del alumnado con discapacidad.
  • Derechos en materia de empleo como la reserva de plaza en empleo público, las bonificaciones a la Seguridad Social, la adaptación del puesto de trabajo o las ayudas al empleo autónomo de personas con discapacidad.
  • Derechos en servicios con acceso a programas de atención social específicos, tarjetas de accesibilidad, estacionamiento y transportes y bonos sociales con beneficios socioeconómicos
  • Derechos en materia de prestaciones socioeconómicas como, entre otros, el complemento de tercera persona o la prestación familiar por descendiente a cargo con discapacidad
  • Derechos en materia de vivienda con el acceso a la vivienda de protección pública adaptada a las necesidades de las personas con discapacidad, ayudas a la rehabilitación, conservación, seguridad y accesibilidad de la vivienda y ayudas al alquiler.
  • Derechos en materia fiscal con exenciones y beneficios fiscales como, entre otros, la declaración del IRPF, el impuesto sobre vehículos de tracción mecánica, los impuestos de sociedades, de sucesiones o de transmisión patrimonial, las tasas de tráfico, las matriculaciones educativas o las tasas administrativas.

 

Para más información sobre estos derechos se recomienda consultar con los servicios sociales locales o la asociación ACCU más cercana.

 

¿Dónde se solicita el reconocimiento de la discapacidad?

Para solicitar la valoración y reconocimiento del grado de discapacidad hay que dirigirse a uno de los Centro de Valoración y Orientación a personas con discapacidad, que antes conocidos por Centro Base, y que dependen de la comunidad autónoma donde se resida.

Para conocer el Centro de Valoración y Orientación más cercano se debe consultar a los servicios sociales de la comunidad autónoma.

 

¿Cómo se hace la solicitud?

Para solicitar el reconocimiento hay que cumplimentar el impreso que facilitan desde servicios sociales y presentarlo en el registro correspondiente junto con la documentación requerida en cada comunidad autónoma. Posteriormente, la administración realiza una valoración médica, psicológica y/o social de la persona solicitante y de la documentación presentada para resolver el grado de discapacidad en grado de 0% a 100%.

El equipo de valoración suele estar formado por tres profesionales de diferentes ámbitos: Medicina, Trabajo Social y Psicología. Según sean las características de cada valoración se valorarán diversos aspectos de cada área y las evaluaciones resultantes se tienen en cuenta en el porcentaje de discapacidad que se otorgue.

Tras la valoración que incluye entrevistas personales, el equipo de valoración y orientación emite un dictamen técnico-facultativo que será elevado por la Consejería de Servicios Sociales para que lo resuelva en el plazo de tres meses. Si en dicho plazo no se le ha notificado la resolución debe entenderse que la solicitud ha sido desestimada y, por tanto, se podrá interponer un recurso contra la misma.

 

¿A quién solicito mis informes médicos?

A los y las especialistas que hacen el seguimiento de la enfermedad inflamatoria intestinal y al resto de especialistas que estén tratando al paciente, ya que cuantos más informes y más completos sean, mejor.

Para el informe psicológico, si no se está recibiendo actualmente atención en el servicio público de salud o no se ha recibido con anterioridad, se puede solicitar al especialista de enfermedad inflamatoria intestinal que haga un parte interconsulta o bien se puede pedir que desde Atención Primaria deriven a Psicología para que se realice el informe.

Si se solicita una valoración social se deben adjuntar los informes sociales pertinentes realizados por profesionales del trabajo social autorizados y proceder al examen de los factores sociales relativos, entre otros, al entorno familiar y situación laboral, educativa, cultural y de accesibilidad a la comunicación y a la información, que dificulten la integración social, de acuerdo con el informe social unificado y el resto de documentación que se acompañe en el expediente.

 

¿Por qué un informe de psicología?

Para un gran número de pacientes la enfermedad inflamatoria intestinal tiene un impacto emocional en sus vidas. Ya sea por trastornos de sueño, por los dolores, por las limitaciones que genera en el día a día y los cambios que debemos realizar para afrontarlas, se puede sufrir tristeza, ansiedad o depresión y es importante que esto sea recogido en un informe por un profesional de la Psicología.

 

¿Por qué una valoración social?

Para numerosas personas la afectación de una enfermedad inflamatoria intestinal tiene un impacto social notable que provoca grandes obstáculos laborales, complicaciones en la carrera educativa y laboral, repercusiones económicas, disminución de recursos, afectación en la vida social y familiar, dificultades en el desarrollo de las actividades de la vida diaria y otras situaciones socioeconómicas adversas no derivadas de las enfermedades inflamatorias intestinales. Es importante que estas circunstancias sean evaluadas por profesionales del trabajo social de los equipos de valoración.

 

Ya tengo la resolución ¿puedo reclamarla?

Se tiene un plazo de treinta días desde la notificación de la resolución para formular una reclamación previa a la vía jurisdiccional social ante el mismo organismo que dictó el acto. La resolución deberá ser resuelta en el plazo de tres meses, en caso contrario, se entenderá denegada por silencio administrativo. Cuando se agota la vía administrativa, se puede continuar por la vía judicial para lo que desde ACCU España recomendamos contar con el consejo de un profesional experto en la materia.

 

¿El grado de discapacidad es para siempre?

El grado de discapacidad podrá ser objeto de revisión:

  1. Cuando hubiera sido reconocido con carácter temporal, en atención a una posible mejoría de las circunstancias que dieron origen a su reconocimiento, debiendo realizarse en el plazo fijado para efectuarse dicha revisión.
  2. El grado de discapacidad reconocido con carácter permanente, podrá ser revisado por agravamiento o mejoría siempre que hayan transcurrido dos años desde la fecha de la anterior resolución.

Excepcionalmente, este plazo puede no ser necesario, en los supuestos de error de diagnóstico o cuando el Equipo de Valoración y Orientación determine, mediante la documentación aportada, cambios sustanciales en las circunstancias que dieron lugar al reconocimiento del grado.

Texto revisado por  Chari Álvarez López, trabajadora social de ACCU Ourense

 

 

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Crohn, Colitis Ulcerosa, formación, discapacidad, laboral, valoración social, qué es la discapacidad, certificado de discapacidad, empleo público, beneficios fiscales

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